Desarrollo profesional

Encuadramiento extraordinario de carrera profesional en el Sespa: convocatoria

Un mes de plazo para solicitar el encuadramiento extraordinario en la carrera profesional para el personal estatutario del Sespa.
Fachada de centro hospitalario del Sespa.

El Boletín Oficial del Principado de Asturias, BOPA, publica hoy la convocatoria de encuadramiento extraordinario  para acceder o progresar en el grado de carrera profesional para el personal sanitario, licenciado y diplomado estatutario, del Servicio de Salud, Sespa.

La convocatoria está destinada tanto al personal fijo como al temporal

También para los Catedráticos de Universidad o de Escuela Universitaria y Profesores Titulares de Universidad o de Escuela Universitaria que desempeñen una plaza docente e investigadora de perfil asistencial, vinculada al Sespa.

Solicitudes

La solicitud para poder participar en el procedimiento se formulará según el modelo recogido en el anexo
II
.

Dicha solicitud, junto con la documentación acreditativa de los méritos correspondientes al Bloque C, se presentará preferentemente en el Registro de la Gerencia en la que se encuentre prestando servicios, así como en cualquiera de los registros y oficinas contemplados por Ley.

Plazos

El plazo habilitado para la presentación de las solicitudes de encuadramiento será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación en el BOPA de la presente Resolución.

Requisitos

  • Encontrarse en situación de servicio activo, servicios especiales o con reserva de plaza.
  • Haber completado los años de servicios prestados requeridos para cada grado en la categoría en la que se solicita el encuadramiento:
    • Grado I: 5 años  
    • Grado II: 10 años                                    
    • Grado III: 15 años   
    • Grado IV: 20 años
  • A tener en cuenta:
    • Se podrá solicitar el encuadramiento en cualquier categoría estatutaria en la que se hayan prestado servicios.
    • Para alcanzar el tiempo requerido, se computarán también los servicios prestados en otras categorías del mismo grupo profesional o superior.
    • No se exige ningún periodo de permanencia en el grado que ya se tiene reconocido ni desde la última evaluación negativa si la hubiera.
  • Además de los años requeridos, será necesario obtener las siguientes puntuaciones en el Bloque C (que será el único que se evaluará) del Sistema de Evaluación de Carrera Profesional, sin limitación temporal ni entre factores:
    • Grado I: 4 puntos          
    • Grado II: 9 puntos                                 
    • Grado III: 13 puntos
    • Grado IV: 21 puntos
  • A tener en cuenta:
    • Esta puntuación se puede obtener sólo con cursos (pero también con otros méritos).
    • En caso de presentar sólo cursos, la equivalencia es la siguiente:
      • Grado I: 100 horas
      • Grado II: 225 horas
      • Grado III: 325 horas
      • Grado IV: 525 horas

El personal en situación de promoción interna temporal podrá solicitar el encuadramiento tanto en la categoría en la que tiene plaza en propiedad como en la que está promocionado.

Las bases reguladoras en su totalidad están contempladas en el anexo I. 

Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación.