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Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos

Publicado en el BOPA el procedimiento para la obtención de los Diplomas, iniciándose el plazo de seis meses para optar a la vía excepcional
enfermera con paciente grave

El Boletín Oficial del Principado de Asturias, BOPA, del 9 de mayo, publica las instrucciones relativas a los procedimientos de obtención y renovación de los Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos.

Para su obtención se establece una vía ordinaria y una excepcional.

Con esta publicación se inicia el plazo para la vía excepcional. Las solicitudes por la vía ordinaria se presentarán una vez finalizada la excepcional.

Requisitos para optar al diploma por la vía excepcional

Estos son los requisitos acumulativos que hay que cumplir:

  • Acreditar en los últimos diez años un mínimo de cuatro años de práctica profesional a tiempo completo (o equivalente si se trata de tiempo parcial) en unidades, equipos de soporte hospitalarios o domiciliarios de cuidados paliativos.
  • Título Máster o Experto Universitario en Cuidados Paliativos (oficial o título propio).

Los requisitos deben cumplirse a 29 de enero de 2024.

Requisitos para obtener el diploma por la vía ordinaria

Estos son los requisitos acumulativos que hay que cumplir:

  • Acreditar en los últimos diez años un mínimo de dos años de práctica profesional a tiempo completo (o equivalente si se trata de tiempo parcial) en unidades, equipos de soporte hospitalarios o domiciliarios de cuidados paliativos.
  • Aportar evidencias de adquisición en los últimos cinco años de las competencias definidas en el diploma mediante diferentes acciones formativas acreditadas.
  • Aportar al menos dos evidencias de adquisición en los últimos cinco años de las competencias definidas en el Diploma con el Dominio 7 (docencia e investigación).

Toda la escala de valoración se basará en créditos

Presentación de solicitudes

  • Obligatoriamente, con el modelo incluido en el Anexo II. 
  • La solicitud irá acompañada de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.
  • La práctica profesional exigida se acreditará obligatoriamente mediante el modelo de certificación de la práctica profesional (Anexo III).
  • Cuando se abra la vía ordinaria, a estos documentos se añadirá el modelo de autoevaluación de los créditos por dominio competencial (Anexo IV).

Plazo de presentación

  • Para la vía excepcional, de forma única y excepcional, durante los seis meses siguientes a la publicación de las instrucciones en el BOPA (9/5/2025).
  • Para la vía ordinaria, una vez finalizada la vía excepcional, en cualquier momento.
  • Para las renovaciones posteriores, en los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha final de vigencia del diploma.

Modo de presentación

En Astursalud se proporcionará un enlace a la ficha de servicio correspondiente a las solicitudes de obtención y renovación, disponible en la sede electrónica de la Administración del Principado

Los anexos estarán disponibles en la ficha de servicios

La presentación podrá hacerse:

En la Resolución se contemplan otras formas de presentación.

Una vez presentada la solicitud:

  • Si la documentación presentada no reúne los requisitos exigidos, se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
  • El plazo para resolver y notificar la resolución en cualquiera de los procedimientos será de tres meses, que se computará desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro electrónico. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, los interesados podrán entender desestimada su solicitud.

Los diplomas de acreditación tendrán una vigencia de cinco años

El Pleno del Consejo Interterritorial del SNS aprobó en enero de 2024 el acuerdo para la creación de estos diplomas (bases publicadas en el BOE del 30 de dicimebre de 2023).