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Permisos para votar en las elecciones europeas si trabajas en Asturias

Con motivo de las elecciones al Parlamente Europeo, el Principado de Asturias emite una comunicación con los permisos para electores y miembros de mesa.
Urna con papeleta electoral.

En relación con el proceso electoral al Parlamento Europeo que se celebrará el domingo 9 de junio de 2024, te recordamos que cuentas con una serie de permisos para votar.

Están recogidos en una comunicación del 14 de mayo emitida por la Dirección General de Empleo Público.

Permisos retribuidos para los electores que trabajen el día de las elecciones:

  • Horario de trabajo que no coincida con el de apertura de las mesas electorales o lo haga por un periodo inferior a dos horas: no tendrán derecho a permiso retribuido.
  • Horario de trabajo que coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales: hasta dos horas.
  • Horario de trabajo que coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de las mesas electorales: hasta tres horas.
  • Horario de trabajo que coincida en seis o más horas con el de apertura de las mesas electorales: hasta cuatro horas.
  • Para los empleados a tiempo parcial, la duración de permiso se reducirá proporcionalmente.

Y recuerda solicitar el justificante cuando ejerzas tu derecho al voto.

Permisos si formas parte de una mesa electoral (empleados públicos que tengan la condición de presidentesvocales e interventores):

  • Tendrán derecho a permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, si no disfrutan en tal fecha de descanso semanal, y a una reducción de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior.
  • Si tienes turno de noche que comience el 8 de junio a partir de las 22.00 horas tendrás derecho a un permiso retribuido desde el inicio del turno de noche hasta la finalización de la jornada electoral, debiéndose realizar las adecuaciones necesarias en los turnos de 24 horas.

En el caso de los apoderados, el permiso solo afectará a la jornada correspondiente al día de votación, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal y a los correspondientes si trabajan en turno de noche de la fecha anterior a la votación.