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Los tribunales reconocen que el Sespa no puede ser más restrictivo que la norma básica estatal a la hora de conceder un permiso por el cuidado de un familiar
11.03.26 | Asturias
Los juzgados reconocen la desproporcionalidad de la documentación exigida a una enfermera del Servicio de Salud, Sespa, para concederle un permiso por cuidado de un familiar sometido a una cirugía ambulatoria con reposo domiciliario, una exigencia formal que, según recoge la sentencia, “resulta desproporcionada, carente de cobertura normativa suficiente y contraria a la interpretación más favorable al ejercicio del derecho reconocido en la norma básica estatal".
Ante la demanda presentada por los servicios jurídicos de SATSE Asturias, el juzgado de lo contencioso-administrativo reconoce esta desproporcionalidad después de que el Sespa llegara a requerir a la trabajadora documentación de forma recurrente hasta en tres ocasiones, al considerar que los justificantes médicos aportados no eran válidos o suficientes.
La Administración mantuvo su criterio de que lo alegado y documentado por la trabajadora era insuficiente, pese a que, tras nuevos requerimientos, volvió a aportar nuevos justificantes en la misma línea.
Es decir, que de esta sentencia se deriva que la Administración autonómica nunca puede restringir derechos establecidos por una norma básica estatal.
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