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No toda adaptación al puesto sirve ante un riesgo de embarazo, dicen los tribunales
20.10.26 | Asturias
Los servicios jurídicos de SATSE Asturias han logrado una sentencia favorable en el Juzgado de lo social de Oviedo que obliga a la mutua a adelantar el riesgo de embarazo a una enfermera del Hospital Universitario Central de Asturias, HUCA, al considerar que el puesto de enfermera de retén que se le había concedido no puede considerarse puesto adaptado debido a sus características.
Una profesional se ha visto obligada, una vez más, a recurrir a la vía judicial para lograr que el riesgo por embarazo sea concedido en la semana que legalmente le correspondería.
Aunque a esta enfermera se le concedió inicialmente un puesto adaptado como enfermera de retén, los servicios jurídicos de SATSE han conseguido que los tribunales reconozcan que no todos los puestos reúnen la condición de puesto adaptado.
Enfermera de retén
La sentencia considera que el puesto de enfermera de retén "no puede considerarse puesto adaptado, pues constituye una modalidad organizativa en la que la trabajadora continúa haciendo turnos y noches, sin una unidad fija, quedando disponible para la movilización inmediata a cualquier unidad". Añade que "la ubicación puede modificarse hasta varias veces durante la jornada, en función de la presión asistencial" y que sus funciones incluyen "cobertura de ausencias imprevistas, sin exclusión real y efectiva de unidades con riesgo biológico, ergonómico, psicosocial, químico o físico".
"Con esta sentencia los tribunales reconocen que no toda adaptación al puesto sirve ante un riesgo de embarazo, un avance a valorar en la defensa de los derechos de las trabajadoras embarazadas", aseguran desde SATSE Asturias.
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