Noticias
Laboral
Una sentencia reconoce el carácter retribuido del permiso parental de ocho semanas
28.07.26 | Asturias
Los servicios jurídicos de SATSE Asturias han logrado una sentencia favorable que reconoce el carácter retribuido del permiso parental de ocho semanas concedido a una enfermera del Sespa y disfrutado en julio de 2025, previamente al RD 9/2025, de 29 de julio, que ampliaba los permisos parentales retribuidos en tres semanas y recogía expresamente que el citado permiso de ocho semanas no tiene carácter retribuido, difiriendo de la anterior regulación que no especificaba si debían ser retribuidos o no.
Un juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo reconoce el derecho de la demandante a que el permiso parental recogido en el artículo 49.g) del TRBEP -mediante el que este tipo de permisos se ampliaban de seis a ocho semanas- disfrutado por ella tenga carácter retribuido, obligando a la Administración al abono del salario correspondiente a los días de permiso disfrutados, incluidas las dos semanas adicionales.
La sentencia se basa en que el permiso parental fue disfrutado tras la entrada en vigor del artículo 49.g) del TREBEP, que ampliaba los permisos parentales de seis a ocho semanas, de aplicación a partir del 2 de agosto de 2024, y no resultando aún de aplicación el RD 9/2025, del 29 de julio, de aplicación desde el 31 de julio de 2025, mediante el cual se clarificaba la naturaleza no retribuible de las dos semanas adicionales.
Te puede interesar
16.05.24 | Asturias
Permisos para votar en las elecciones europeas si trabajas en Asturias
23.05.24 | Asturias